Fines y Actividades

La Asociación de Técnicos Informáticos de la Administración Local (ATIAL) se constituye con los siguientes fines:

  1. Promover el intercambio de experiencias de interés para los asociados.
  2. Colaborar en el desarrollo de aplicaciones para la Administración local con el fin de compartirlas. A estos efectos, se procurará seguir las recomendaciones del movimiento estándares abiertos.
  3. Colaborar en las relaciones con proveedores de hardware y software con el fin de ajustar los productos a las necesidades reales de la Administración local.
  4. Promover soluciones conjuntas que produzcan economías de escala y redunden en una reducción de costes para la Administración, fomentando el uso de estándares abiertos.
  5. Analizar y proponer los requerimientos técnicos y funcionales que deben cumplir las soluciones TIC en el ámbito de la asociación.
  6. Colaborar con otros colectivos e instituciones para mejorar la situación de las TIC en el ámbito local.
  7. Promover planes de formación que se adapten a las necesidades reales de nuestro trabajo.
  8. Potenciar y defender la profesión en el ámbito de actuación de la asociación.
  9. En general, cualquier otra finalidad que tenga relación con los anteriores.

Para el cumplimiento de los fines enumerados en el artículo anterior, se realizarán las siguientes actividades:

  1. Seminarios, foros, publicaciones y jornadas, tanto presenciales como virtuales, para poner en común experiencias y soluciones a las materias correspondientes.
  2. Promover el uso intensivo de cualquier tipo de herramienta colaborativa o cualquier recurso que permita un contacto continuo de los asociados.
  3. Proyectos conjuntos de aplicaciones y soluciones reutilizables por los asociados y las entidades locales donde presten sus servicios.
  4. Plan de formación continua que contemple la realización de cursos de actualización profesional.
  5. Convenios de colaboración con otras asociaciones y con todas las instituciones que tengan vínculos con la Administración Local, con el fin de buscar soluciones integrales para el desarrollo de las TIC. En estos supuestos, si así lo acuerdan las partes, cada convenio que se formalice podrá establecer las compensaciones económicas que cubran los gastos en que incurra la Asociación y se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2.
  6. Emitir informes técnicos y organizativos sobre el cumplimiento de estándares y funcionalidades de las soluciones del mercado relacionadas con las AALL en el ámbito de las competencias de la asociación.

La asociación no llevará a cabo actividades en el campo de relaciones laborales, como pueden ser: la negociación colectiva laboral, el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, el diálogo social y/o la participación institucional en los organismos públicos de las Administraciones laborales.