Ventajas

Los derechos que corresponden a las personas asociadas son los siguientes:

  • A participar en las actividades de la Asociación y en los órganos de gobierno y representación, ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.
  • A ser informadas acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. Podrán acceder a toda la información a través de los órganos de representación.
  • A ser oídas con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra ellos y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.
  • A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.
  • A conocer los Estatutos, los reglamentos y normas de funcionamiento aprobados por los órganos de la Asociación. Asimismo, tendrán derecho a que se les facilite copia de los Estatutos vigentes y del Reglamento de Régimen Interno de la Asociación, si existiese.
  • A consultar los libros de la Asociación.

Los deberes de las personas asociadas son:

  • Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
  • Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada persona asociada.
  • Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.
  • Ajustar su actuación a las disposiciones estatutarias.
  • Cumplir el código ético aprobado por la asociación.
CÓDIGO DE CONDUCTA PROFESIONAL DE LOS MIEMBROS

La asociación establece los principios generales de conducta profesional y ética que deben adoptar los miembros de ATIAL a través del correspondiente código ético. Sus principios reconocen que las actividades de carácter profesional imponen cuatro deberes específicos a quienes las practican, que son estar al servicio del interés público, el empleador y el cliente, la profesión informática y el profesional informático.